8 mayo, 2019

Dian alista regulación de retención en la fuente sobre servicios electrónicos o digitales prestados desde el exterior

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Proyecto de norma, 04/10/2019)

Los prestadores de servicios electrónicos o digitales desde el exterior que se acojan voluntariamente al sistema alternativo de pago del impuesto a través de la retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas  – IVA podrían manifestarle a la Dian su decisión de acogerse al sistema. En este evento, el prestador tendría que radicar la solicitud ante la Dirección de Gestión de Ingresos o través del servicio de recepción de peticiones, quejas, sugerencias y reclamos “PQSR y Denuncias” de la página web de la entidad, manifestando la intención y aportando lo requisitos que plantea para personas naturales no residentes en Colombia y entidades o sociedades extranjeras sin domicilio en el país. Así lo señala la administración tributaria en un reciente proyecto de norma publicado en su sitio web. En el texto propuesto también se ocupa del cambio de modalidad de pago del impuesto sobre las ventas del prestador de servicios desde el exterior y el plazo de implementación de los sistemas informáticos. La entidad recibirá comentarios y observaciones sobre el proyecto hasta el 23 de abril, a través del siguiente buzón: comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.

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2 mayo, 2019

Alistan regulación para devolución automática de saldos a favor en renta e IVA

(Minhacienda, Proyecto de norma, 04/12/2019)

Dentro de las novedades introducidas por la Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018) está el artículo 98, que adicionó el parágrafo 5º al artículo 855 del Estatuto Tributario (E. T.), el cual dispone que: “la Dian podrá devolver de forma automática los saldos a favor originados en el impuesto sobre la renta y sobre las ventas –IVA”. Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de norma que definiría los supuestos necesarios para cumplir con tal disposición. El texto propuesto señala que la operación es el reintegro en forma ágil de los mencionados saldos que realiza la Dian a los contribuyentes y responsables de los impuestos, que cumplan con los presupuestos previos establecidos por las normas que regulan la materia. Este mecanismo aplicaría para los contribuyentes que cumplan con las siguientes condiciones: (i) No representen un riesgo alto de conformidad con el sistema de análisis de riesgo de la Dian; (ii) Más del 85 % de los costos o gastos y/o impuestos sobre las ventas descontables provengan de proveedores que emitan sus facturas mediante el mecanismo de factura electrónica y (ii) Tengan implementado el sistema de facturación electrónica. En cuanto al término para el reconocimiento, la administración tributaria proferiría el respectivo acto administrativo que da derecho al retorno dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la solicitud. El ministerio recibirá comentarios hasta el próximo 28 de abril, a través de su sitio web.

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