10 mayo, 2019

Constitución de sucursales en el extranjero debe cumplir formalidades legales del país receptor

(Supersociedades, Concepto 220-25850, 03/29/2019)

Frente a los requisitos que debe cumplir una sociedad colombiana para la constitución de una sucursal en el extranjero y los requisitos que se deben cumplir en Colombia, la Superintendencia de Sociedades indicó, de acuerdo con su doctrina, que debe darse cumplimiento a las formalidades que las leyes del respectivo país exija para esa clase de actos, teniendo en cuenta que en nuestra legislación no existe impedimento legal para que una sociedad legalmente constituida, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, pueda establecer sucursales en cualquier lugar del país o en el exterior. En cuanto a los procedimientos de registro, es necesario remitirse a las circulares reglamentarias emanadas por el Banco de la República, entidad competente para legislar en materia cambiaria. 

Noticias Tributarias
27 marzo, 2019

Requisitos para abrir sucursales en el Extranjero

(Supersociedades, Concepto 220-018276, 03/15/2019)

La Superintendencia de Sociedades precisó los requisitos para que una sociedad colombiana pueda abrir sucursales en el extranjero. Indicó que la apertura y la compra de acciones en el exterior por parte de una sociedad colombiana solo requiere la decisión del máximo órgano administrativo y la relación con el objeto social para ser válida. No obstante, se debe registrar el establecimiento de comercio y cumplir con las leyes del respectivo país. Por otro lado, resaltó que para el funcionamiento de una sucursal en el extranjero por parte de una sociedad colombiana únicamente se deben cumplir con las normas que exija el país escogido, puesto que la legislación colombiana no establece ningún impedimento.

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