18 mayo, 2020

Esto explica la Dian sobre la aplicación del impuesto solidario por covid-19

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Concepto 513, 05/04/2020 )

Sin perjuicio de las consideraciones incluidas en el Concepto 469 del 2020, la Dian se pronunció sobre la aplicación del impuesto solidario por el covid-19 cuando se trate de contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública. Cuando una persona natural esté vinculada mediante dos o más contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública se deberán tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos en cuenta para efectos de determinar la sujeción pasiva, el hecho generador, la base gravable y la tarifa. Respecto a la base gravable, dice la Dian que solamente se podrá detraer el primer $ 1.800.000 sobre la totalidad de los pagos o abonos en cuenta a favor de la persona natural, sin consideración si los pagos se originan en uno o varios contratos. Los agentes de retención deberán determinar, de conformidad con la información del SECOP, si procede la retención en la fuente a título del impuesto solidario y validar con el sujeto pasivo y con las demás entidades públicas la información. Una vez se valide si procede la retención, cada agente de retención deberá practicarla en la proporción que le corresponda.

Economía, Finanzas, Noticias Tributarias
5 julio, 2019

Habilitan direcciones seccionales de la Dian para emitir certificados de origen digitales

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Circular 0004, 05/29/2019 )

La Dian informó que, a partir del 17 de junio de este año, las direcciones seccionales de aduanas y direcciones seccionales de impuestos y aduanas que vienen expidiendo certificados de origen físicos quedan habilitadas para emitir versiones digitales, con el fin de optimizar la prestación del servicio. Las solicitudes de emisión del certificado de origen digital (COD) serán atendidas por cada una de las direcciones, de acuerdo a la selección efectuada por los exportadores a través del aplicativo informático de origen. Los documentos digitales que amparen mercancías de exportación con destino a México, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE 033 – Tratado de Libre Comercio entre Colombia y México G-2, seguirán siendo expedidos única y exclusivamente por la Seccional de Aduanas de Bogotá, siendo este el único COD que va a emitir esta dirección seccional.

Noticias Tributarias
8 mayo, 2019

Dian alista regulación de retención en la fuente sobre servicios electrónicos o digitales prestados desde el exterior

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Proyecto de norma, 04/10/2019)

Los prestadores de servicios electrónicos o digitales desde el exterior que se acojan voluntariamente al sistema alternativo de pago del impuesto a través de la retención en la fuente a título de impuesto sobre las ventas  – IVA podrían manifestarle a la Dian su decisión de acogerse al sistema. En este evento, el prestador tendría que radicar la solicitud ante la Dirección de Gestión de Ingresos o través del servicio de recepción de peticiones, quejas, sugerencias y reclamos “PQSR y Denuncias” de la página web de la entidad, manifestando la intención y aportando lo requisitos que plantea para personas naturales no residentes en Colombia y entidades o sociedades extranjeras sin domicilio en el país. Así lo señala la administración tributaria en un reciente proyecto de norma publicado en su sitio web. En el texto propuesto también se ocupa del cambio de modalidad de pago del impuesto sobre las ventas del prestador de servicios desde el exterior y el plazo de implementación de los sistemas informáticos. La entidad recibirá comentarios y observaciones sobre el proyecto hasta el 23 de abril, a través del siguiente buzón: comentariossugeranciasaproyectos@dian.gov.co.

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