19 febrero, 2019

Servicios prestados desde el exterior a favor de residentes colombianos están gravados con IVA

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Concepto 29 (1441), 01/21/2019 )

Los servicios que presta una plataforma ubicada en el exterior a favor de un residente colombiano están gravados con el impuesto sobre las ventas, independientemente de si quien adquiere el servicio es o no responsable del tributo, precisó la Dian. De acuerdo con lo previsto en el artículo 420 del Estatuto Tributario, respecto a hechos sobre los que recae el impuesto sobre las ventas, aplicará sobre la prestación de servicios en el territorio nacional o desde el exterior, con excepción de los expresamente excluidos.   

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