(Corte Constitucional, Boletín 96, 06/24/2020 )
La Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto 444 del 2020, por el cual se creó el Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome) para atender las necesidades de atención en salud, los efectos adversos generados a la actividad productiva y la necesidad de que la economía continúe brindando condiciones que mantengan el empleo y el crecimiento. Según el alto tribunal, la norma cuestionada cumple con todos los requisitos formales de constitucionalidad, pues fue suscrito por el Presidente y todos los ministros, fue proferido durante la vigencia y en desarrollo del estado de emergencia, tiene por objeto dictar disposiciones en materia de recursos y contiene motivación, ya que expresa las razones que justificaron su expedición, el objeto que persigue y la finalidad de las medidas adoptadas. Adicionalmente, manifestó que las medidas están directa y específicamente encaminadas a conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos. Salvaron su voto los magistrados Cristina Pardo y Alberto Rojas, al considerar que la disposición afecta la autonomía territorial y viola el artículo 48 de la Constitución, que establece que los recursos de la seguridad social no se podrán destinar para fines diferentes
