11 julio, 2019

Dividendos solo se hacen exigibles en la fecha y bajo las condiciones que al efecto se hayan acordado

(Supersociedades, Concepto 220-46377, 05/15/2019 )

Los dividendos se entienden causados y, por ende, representan un derecho de crédito a favor de los asociados a partir del momento en que son debidamente decretados por el máximo órgano social, pero solo se hacen exigibles en la fecha y bajo las condiciones que al efecto se hayan acordado al aprobarlos. No obstante, indicó la Superintendencia de Sociedades, la administración podría proceder al pago de los dividendos en forma anticipada a los plazos acordados por el máximo órgano social, si así lo previó la misma asamblea o lo autoriza con posterioridad.  

Noticias Tributarias
8 julio, 2019

Así se calcula la sanción por no enviar información

(Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 25000233700020160076501 (23556), 03/20/2019 )

En cada caso en que se haya cometido la conducta infractora consistente en no enviar información, corresponde determinar la sanción aplicable de conformidad con el primer inciso del literal a) del artículo 651 del Estatuto Tributario, a menos de que se demuestre que la Administración no contaba con ninguno de los elementos de cuantificación de información relativa a la infracción, caso en el cual la sanción procedente se establecerá de acuerdo con los criterios del segundo inciso de la referida norma, es decir, equivaldría al 0,5 % de los ingresos netos del año inmediatamente anterior o incluidos en la última declaración del impuesto sobre la renta o de ingresos y patrimonio, y si en las últimas no se hubieran declarado ingresos se tomará como base para determinar la sanción el valor del patrimonio bruto (C. P. Julio Roberto Piza).

Noticias Tributarias
5 julio, 2019

Habilitan direcciones seccionales de la Dian para emitir certificados de origen digitales

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Circular 0004, 05/29/2019 )

La Dian informó que, a partir del 17 de junio de este año, las direcciones seccionales de aduanas y direcciones seccionales de impuestos y aduanas que vienen expidiendo certificados de origen físicos quedan habilitadas para emitir versiones digitales, con el fin de optimizar la prestación del servicio. Las solicitudes de emisión del certificado de origen digital (COD) serán atendidas por cada una de las direcciones, de acuerdo a la selección efectuada por los exportadores a través del aplicativo informático de origen. Los documentos digitales que amparen mercancías de exportación con destino a México, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE 033 – Tratado de Libre Comercio entre Colombia y México G-2, seguirán siendo expedidos única y exclusivamente por la Seccional de Aduanas de Bogotá, siendo este el único COD que va a emitir esta dirección seccional.

Noticias Tributarias
4 julio, 2019

Antes del 30 de junio, a pagar la prima de servicios a trabajadores domésticos

(Mintrabajo, Comunicado, 06/13/2019 )

“Pague la prima de los trabajadores domésticos a tiempo y evite sanciones”, este es el llamado del viceministro de Empleo y Pensiones y encargado de las funciones del despacho del ministerio del Trabajo, Andrés Felipe Uribe, a los empleadores que contratan trabajadores domésticos y quienes deben cumplir con la obligación de reconocerles la prima de servicios, plazo que va hasta el 30 de junio. Si usted tiene personas que presten servicios como trabajadores del hogar, jardineros, cuidadores de fincas, conductores y niñeras está obligado a liquidar para esta ocasión, o sea para este primer semestre, la prima de servicios de mitad de año, tal como lo define la Ley 1788 del 2016. Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año o proporcional al tiempo laborado, a efectuarse en dos pagos (en junio y diciembre). A abril del 2019, se encontraban afiliados 115.344 trabajadores domésticos al sistema de subsidio familiar.

Noticias Tributarias
2 julio, 2019

Destino de mercancías o sitio de suscripción del contrato no determinan lugar de la actividad comercial para efectos del ICA

(Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 25000233700020140089801 (23203), 05/09/2019 )

El destino de las mercancías o el lugar donde se suscribe el contrato de compraventa no son factores determinantes para establecer dónde se ejerce la actividad comercial, explicó la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en relación con el impuesto de industria y comercio (ICA). Así que el hecho de que las ventas se hayan realizado a través de vendedores comerciales vinculados a la sociedad en Bogotá y que estos tengan que asesorar a sus clientes respecto de forma de pago, precios, descuentos, devoluciones de mercancías, entre otros, no puede aceptarse como demostrativo de la actividad comercial objeto del gravamen. De esta manera, si el contribuyente demuestra que ejerció la actividad comercial en otro municipio, a través de un establecimiento de comercio registrado allá y no en el Distrito Capital, este último no puede gravarlo por ingresos que obtuvo fuera de su territorio (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

Noticias Tributarias
28 junio, 2019

Precisan procedimiento para sanear aportes patronales de la vigencia 2012 a 2016

(Minsalud, Resolución 1545, 06/10/2019 )

Con la Resolución 1545 del 2019, el Ministerio de Salud estableció el procedimiento para realizar el saneamiento de aportes patronales financiados con recursos del Sistema General de Participaciones para salud, correspondientes a las vigencias del 2012 al 2016, por los sistemas de pensiones, salud, riesgos laborales y cesantías. La información para el proceso será reportada a través de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema integral de información de la protección social (SISPRO), siguiendo los lineamientos adoptados en la resolución. La norma contempla aspectos como la determinación y reporte inicial de las deudas de aportes patronales, mesas de saneamiento de aportes patronales y las especificaciones técnicas para el reporte. Por ejemplo, las entidades empleadoras, dentro de los 20 días hábiles siguientes al reporte de la deuda por parte de las entidades administradoras deberán reportar al ministerio el total de las deudas de aportes patronales, desde el 1° de enero del 2012 hasta el 31 de diciembre del 2016, en el anexo técnico dos. Esta nueva norma deroga la Resolución 2420 del 2018.

Noticias Tributarias
26 junio, 2019

Generación de soportes contables mediante ‘software’ debe asegurar que se pueden imprimir

(Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 463, 06/05/2019 )

De acuerdo con lo previsto en los artículos 123, 124 y 128 del Decreto 2649 de 1993, los cuales están vigentes a la fecha, es viable que una entidad genere mediante software documentos soporte y no los imprima, siempre que se deje evidencia en los respectivos comprobantes de contabilidad, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. No obstante, es necesario asegurar que en el momento en que sean requeridos dichos documentos estos puedan ser impresos.     

Noticias Tributarias
25 junio, 2019

¿Cuándo se configura el error de apreciación o diferencia de criterio en las declaraciones tributarias?

(Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 76001233100020070131701 (18363), 05/09/2019 )

Los errores de apreciación o la diferencia de criterios en las declaraciones deben versar sobre el derecho aplicable, siempre y cuando se cumpla la condición de que los hechos y cifras declarados sean veraces y completos, aclaró la Sección Cuarta del Consejo de Estado. Así, existe diferencia de criterio cuando se basa en argumentación sólida que, aunque equivocada, permita concluir que su interpretación en cuanto al derecho aplicable llevó al convencimiento de que su actuación estaba amparada legalmente. Sin embargo, no ocurre lo mismo cuando a pesar de su apariencia jurídica no tiene fundamento objetivo y razonable. Lo anterior con la finalidad de exonerarse de la sanción por inexactitud (C. P. Milton Chaves García).

Noticias Tributarias
21 junio, 2019

Fundaciones que prestan servicios educativos están sujetas al impuesto de industria y comercio

(Minhacienda, Concepto 15106, 05/06/2019 )

El artículo 259 del Decreto Ley 1333 de 1986 dispone la prohibición de gravar con el impuesto de industria y comercio, entre otros, a las asociaciones de profesionales y gremiales sin ánimo de lucro, a menos que realicen actividades industriales o comerciales. Por lo tanto, precisó el Ministerio de Hacienda, las fundaciones (instituciones educativas privadas sin ánimo de lucro) están sujetas al impuesto, pues si bien pueden estar conformadas como entidades sin ánimo de lucro no cumplen con la condición de ser asociaciones de profesionales o gremiales.       

Finanzas, Noticias Tributarias
10 mayo, 2019

Constitución de sucursales en el extranjero debe cumplir formalidades legales del país receptor

(Supersociedades, Concepto 220-25850, 03/29/2019)

Frente a los requisitos que debe cumplir una sociedad colombiana para la constitución de una sucursal en el extranjero y los requisitos que se deben cumplir en Colombia, la Superintendencia de Sociedades indicó, de acuerdo con su doctrina, que debe darse cumplimiento a las formalidades que las leyes del respectivo país exija para esa clase de actos, teniendo en cuenta que en nuestra legislación no existe impedimento legal para que una sociedad legalmente constituida, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, pueda establecer sucursales en cualquier lugar del país o en el exterior. En cuanto a los procedimientos de registro, es necesario remitirse a las circulares reglamentarias emanadas por el Banco de la República, entidad competente para legislar en materia cambiaria. 

Noticias Tributarias